Salinas Martinez, Arturo2021-08-252021-08-251975Montemayor de la Garza, J. M. (1975). Transmisión de acciones nominativas en la sociedad anónima. [Tesis de Pregrado, UDEM]. Repositorio UDEM.33409000924914http://repositorio.udem.edu.mx/handle/61000/1878La nominatividad de un título-valor puede ser entendida desde dos ángulos a saber: como sujeción de las transmisiones que sufra a la inscripción de las mismas en un registro del emisor, y como la designación de su titular en el texto del documento. Así lo hace notar mantilla Molina Al expresar que “cuando se habla con un riguroso tecnicismo, título nominativo es el que está sujeto a inscripción; pero en muchas ocasiones se habla del título nominativo como equivalente del título que se expide a nombre de una persona. Veamos ahora en qué sentido de las acciones son nominativas a la luz de la ley General de sociedades mercantiles. De acuerdo con la citada ley las acciones nominativas los son en sentido estricto al estatuir su artículo 129 que la sociedad emisora considera como dueño de ellas “ aquí en aparezca inscrito como tal en el registro a que se refiere el artículo anterior “ qué es el registro de acciones nominativas, por lo cual, según la misma disposición legal, “ la sociedad deberá inscribir en dicho registro, a petición de cualquier tenedor, las transmisiones que se efectúen“, realizadas según se infiere del artículo 131 L. G. S. M. Con base en el endoso de la acción o por medio diverso del mismo.98 páginasespAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Méxicohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/mx/DerechoLegislaciónAplicación de la leySistema de información jurídicaBienes mueblesSociedades anónimasTransmisión de acciones nominativas en la sociedad anónimaTesis Licenciatura000002971DerechoLegislaciónAplicación de la leySistema de información jurídicaCIENCIAS SOCIALES::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::DERECHO Y LEGISLACIÓN NACIONALES