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http://repositorio.udem.edu.mx/handle/61000/1490
Tipo de documento: | bachelorThesis |
Título : | El Artículo 29 constitucional en la época actual |
Autor: | Alba Aldape, Pedro Ramírez |
Tutor : | Villareal de la Garza, Raúl |
Palabras clave : | Derecho;Legislación;Aplicación de la ley;Sistema de información jurídica |
Fecha de publicación : | 1989 |
Editorial : | San Pedro Garza García: UDEM |
Citación : | Alba Aldape, P. R. (1989). El Artículo 29 constitucional en la época actual. [Tesis de Pregrado, UDEM]. Repositorio UDEM. |
Código: | 33409000827083 |
Páginas: | 113 páginas |
Resumen : | El tema de este trabajo, es tan antiguo como el afán del hombre por descubrir la esencia de las cosas. Durante su trayectoria en la historia, el hombre ha buscado vivir en comunidad, dentro de un estado de derecho - que represente su seguridad jurídica y donde sus derechos sean respetados para el beneficio del bien común y del suyo propio. En nuestro derecho mexicano, dichas garantías de seguridad jurídica se encuentran plasmadas en nuestra Ley Fundamental, y específicamente en los primeros veintinueve artículos. En efecto, en un ambiente de normalidad, la organización y el poder estatal deben observar, en primer término, a la Constitución, y en segundo lugar, dentro de una jerarquía normativa, las leyes federales y las constitucionales y leyes locales ordinarias, para así garantizar, precisamente, la seguridad jurídica de los gobernados. Sin embargo, desgraciadamente, los Estados cómo las personas físicas están propensas a salirse del cauce normal de su vida. Cruentos acontecimientos políticos o sociales internos e internacionales suelen turbar la existencia tranquila y habitual de las naciones. Es entonces cuando el gobierno se ve forzado a hacer frente a la situación anómala, empleando todos aquellos medios o conductos que juzguen idóneos para hacer frente en forma eficaz al ambiente de emergencia. Es precisamente en el artículo 29 en donde nuestra legislación ha plasmado esos medios de defensa. El citado artículo establece los casos, procedimientos, consecuencias y modalidades de la suspensión de garantías, tendientes a resolver las situaciones extremas que se puedan presentar; ahora bien, en el devenir de nuestra historia ¿Cuántas veces se ha empleado dicha suspensión? una, solamente una vez y fue en 1942, cuando México entró en guerra - con Japón, Alemania e Italia; seguramente no ha sido porque en nuestro país no se hayan presentado, más de una vez, dichas situaciones; ¿No será más bien que dicho recurso no es del todo adecuado para solucionarlas?; ¿No será quizá que la suspensión es para ser utilizada como un último recurso?, ¿ Qué el acontecimiento que le dio origen tenga que ser de tal magnitud que su expedición sea inevitable?. Durante el desarrollo de este modesto trabajo trataremos de demostrar; que la institución de suspensión de garantías, tal como se encuentra, es inadecuada a la época actual, que las situaciones que prevé son situaciones que se vivieron en el pasado y por lo tanto son anacrónicas para las circunstancias del mundo de hoy; y ya que nuestro afán no es criticar lo establecido, sino tratar de contribuir a la búsqueda de nuevas fronteras, estableceremos una propuesta de reforma al artículo 29, en donde veremos, que de seguirse nuestros lineamientos, podremos tener un artículo capaz de prever situaciones más realistas y justas. |
Cod. Estudiante : | Pedro Ramírez Alba Aldape 000000000 |
URI : | http://repositorio.udem.edu.mx/handle/61000/1490 |
Aparece en las colecciones: | Licenciatura en Derecho |
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